La costumbre es la norma creada e impuesta por el uso social
Nace de la conjunción de dos factores: la repetición constante
y uniforme y de la aceptación , expresa o tácita por el Estado.
La aplicación de la costumbre como fuente del ordenamiento
exige la presencia de unos requisitos:
--Que se trate de una costumbre probada.
--Que se trate de una costumbre lícita, no debe ser contraria
a la moral o al orden público
La aplicación de la costumbre laboral está sujeta a estos
requisitos a los que se debe añadir un tercero: CARACTER LOCAL
Y PROFESIONAL DE LA COSTUMBRE:
1.-la costumbre laboral cuando se alegue deberá probarse. Esta regla es necesaria en Derecho laboral ya que la localidad y profesionalidad de la costumbre hacen que la misma sea de muy dificil acceso para el juez.
2.-La costumbre laboral ha de ser lícita, pues la costumbre contra legem en modo alguno puede considerarse fuente de Derecho.
3.-La costumbre laboral ha de ser local y profesional, significa que una costumbre propia de otra localidad o profesión no es aplicable fuera de su contexto, ni directamente ni por analogía..La profesión deberá interpretarse en su doble sentido de oficio y de sector de actividad o rama de la producción.
SEGÚN EL ET(Estatuto de los Trabajadores) LA COSTUMBRE LABORAL SE VA A APLICAR EN DOS SUPUESTOS:
1-EN DEFECTO DE DISPOSICIONES LEGALES,CONVENCIONALES O CONTRACTUALES.
2-EN LOS CASOS DE RECEPCIÓN O REMISIÓN EXPRESA , ES DECIR LA LLAMADA "COSTUMBRE LLAMADA" (cuando en alguna disposición legal se haga referencia o se remita a lo que estipulen los usos y costumbres del lugar....)