Pensión de vejez o invalidez= SOVI
Quienes el 1 de enero de 1967 tuvieran cubierto el período de cotización exigido por el extinguido Seguro de Vejez e Invalidez o hubieren figurado afiliados al Retiro Obrero, conservarán el derecho a causar la prestación de Vejez si cumpliendo los requisitos requeridos, no tuvieren derecho a ninguna pensión a cargo del sistema de la Seguridad Social
Requisitos
1.-Tener cumplidos 65 añños, o 60 sis se padece una incapacidad permanente total no derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional
2.-Tener cubiertos 1800 días de cotización al extinguido SOVI entre el 1 de enerode 1940 y 31 de diciembre de 1966, o figurar afiliado sin período de cotización necesario al extinguido régimen del Retiro Obrero
3.-No tener derecho a ninguna otra pensión del sistema de la Seguridad Social.(Esto parece que va camino de cambiar pues el PSOE quier compatibilizar la pensión del SOVI con la de viudedad, pero claro en algunos casos en los que no se lleguen a cierto nivel de renta, creo que esperan aprobarlo para los meses de verano 2005)