Condenados a 4 meses de prisión los dueños de Aparados Hergar S.L. acusados por la «parálisis del calzado»
El juzgado de lo penal número cuatro de Alicante ha condenado a los dos propietarios de la empresa Aparados Hergar S.L., Águeda García y José Antonio Hernández, a una pena de cuatro meses y 15 días de prisión --que se sustituyen por nueve meses, cuatro meses y 15 días de multa--, como responsables de un delito contra la seguridad e higiene en el trabajo, y diez delitos de lesiones causadas por imprudencia grave profesional.
El magistrado-juez considera que los acusados son responsables criminalmente de un delito contra la seguridad e higiene en el trabajo porque, como administradores de hecho y de derecho de la mercantil Aparados Hergar S.L., --empresa ubicada de manera clandestina desde septiembre de 1996 en Villena (Alicante)--, organizaron el trabajo propio del aparado de calzado con uso de un pegamento llamado cemen, --que contiene, entre otros componentes químicos N-Hexano, nocivo para la salud--, sin proporcionar a los entre 28 y 30 trabajadores de su taller medios de protección colectiva.
Estas medidas de prevención preceptivas para dicha actividad deberían haber sido la ventilación general forzada y ventilación localizada en los puestos de trabajo donde se usaba dicho producto, y medios de protección individual --como mascarillas y guantes-- entre otras normas legales.
La sentencia, ante la que los condenados pueden presentar un recurso de apelación en un plazo de 10 días, considera que la falta de medios de protección colectiva provocó la contaminación aérea en el taller donde trabajaban las empleadas sin protección individual, y llevó a las afectadas a entrar en contacto con el peligro para la salud de los empleados.
Como consecuencia de la inhalación prologada del aire contaminado de N-Hexano, un total de 10 trabajadoras sufrieron la enfermedad llamada "parálisis del calzado", que consiste en una neuropatía toxica periférica, y para cuya curación fue necesario tratamiento medico, consistente en reposo, aplicaciones de aparatos ortopédicos y rehabilitación. Las trabajadoras afectadas se curaron tras periodos que oscilaron entre 666 y 60 días, sin que quedaran secuelas a ninguna de ellas, según recoge la sentencia.
PENAS
Por ello, condena a Águeda García y a José Antonio Hernández como responsables criminalmente como autores de un delito contra la seguridad e higiene en el trabajo, en concurso ideal con diez delitos de lesiones causadas por imprudencia grave profesional, y observa la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas por analogía a las de reparación del daño y confesión de la infracción.
Así, establece una penas de cuatro meses y quince días de prisión --que se sustituyen por nueve meses de multa, cuatro meses y quince días de multa, en ambos casos con una cuota diaria de seis euros--, arresto de quince fines de semana, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de industrial del calzado por un año y tres meses por los diez delitos de lesiones por imprudencia.
Asimismo, los condena al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, y, en concepto de responsabilidad civil a indemnizar a las 10 trabajadoras con un total de 177.588 euros. El escrito indica que la responsabilidad civil directa es de la Aseguradora La Estrella, que abonará además el interés anual del 20 por ciento desde el 30 de noviembre de 2004 hasta su completo pago, con el límite de 300.506 euros.